La sociedad por acciones (SpA) se creó por la ley 20.190 como una forma simplificada de las sociedades anónimas y pensada originalmente para las empresas de capital de riesgo.
Una SpA puede tener uno o más accionistas y una forma bastante liviana de administración, ya que no se necesita tener un directorio.
Alguna de las ventajas que tiene una SpA frente a una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) es que se puede crear como una sociedad unipersonal y después ir añadiendo nuevos socios, que puede tener más de un objeto y que personas jurídicas también pueden formar este tipo de sociedades.
Esta es una sociedad adecuada para aquellas personas que quieren empezar un negocio, en el cual desean agregar en el futuro nuevos socios de cualquier tipo o sólo socios capitalistas.
Se debe tener presente que una sociedad por acciones tributa como una sociedad anónima.
La sociedad permite tener acciones que sólo den derecho a repartición de utilidades por un negocio determinado. Eso permitiría buscar socios capitalistas para algún nuevo negocio que se quiera desarrollar y asegurarle al nuevo socio que considera que el negocio será rentable, que no se contamine con los negocios ya existentes.
Por otra parte puede existir capital autorizado, es decir, aumentos de capital que podrá realizar el gerente sin necesidad de acuerdo de la Junta de Accionistas, ya sea para financiar la administración de la sociedad o para fines específicos.
Se pueden crear diversas series de acciones, con algunas que sólo derecho a utilidades y no a voto, obligar a un accionistas a venderle a los otros accionistas o a la propia sociedad sus acciones si se desea retirar, etc.
Una SpA permite una gran flexibilidad en su administración y en los derechos y obligaciones relacionados con la tenencia de sus acciones, lo que permite que se adapte a las necesidades de cada una de las necesidades de un negocio.